Reordenamiento y ampliación de horarios de comercio

05 Junio 2020

Con el objeto de dar un ordenamiento claro al funcionamiento de comercios y servicios habilitados en el marco de las excepciones a las medidas de ASPO a través de diferentes decisiones nacionales, provinciales y municipales, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso por decreto una grilla de horarios a fin de facilitar el funcionamiento y el control de la diferentes actividades.

A estos fines, fueron establecidas cuatro categoría de ordenamiento para los comercios y actividades, a excepción de los rubros hotelería, gimnasios y gastronómicos (aunque estos últimos pueden llevar a cabo su actividad mediante la modalidad de delivery o entrega en la puerta del comercio).

Todas estas autorizaciones se encuentran sujetas a revisión, tanto en base al cumplimiento de los protocolos por parte de los comerciantes, como a la evolución de la situación epidemiológica en el partido.

“Es momento de redoblar los esfuerzos para no tirar por la borda lo que conseguimos hasta ahora. Es necesario el compromiso de todos y la solidaridad, que son los pilares fundamentales para poder enfrentar entre todos esta pandemia. Desde el Municipio seguimos tomando medidas preventivas para cuidar la salud de cada vecino y vecina”, afirmó la intendenta Marisa Fassi.

Marisa Fassi, Intendenta Municipal

Horarios Comercios y Profesionales

Las categorías y horarios que regirán a partir del próximo lunes 8 de junio son:

-SIN RESTRICCIONES: Se trata de aquellos exceptuado por el Gobierno Nacional: farmacia, estaciones de servicios de combustible, emergencias mecánicas, salud. Todos ellos pueden funcionar con normalidad como antes de las medidas de ASPO.

-CON RESTRICCIÓN MODERADA: Encuadrados en tres subgrupos.
a) PROFESIONALES (NO SALUD), PARQUEROS, PILETEROS, INMOBILIARIAS, ELECTRICISTAS, TECHISTAS, GASISTAS, TECNICOS EN ELECTRODOMESTICOS, TALLERES MECANICOS, BICICLETERIA, CASA DE REPUESTOS, GOMERIAS, PAGOS EXTRAS BANCARIOS, LAVADEROS, ALBAÑILES, OBRAS MENORES”, autorizados provisoriamente a desarrollar el comercio y servicio, de LUNES A SABADOS de 8 a 17hs.
b) FERRETERIAS, SUPERMERCADOS, CARNICERIAS, PANADERIAS, VERDULERIAS, POLLERIAS Y AFINES, autorizados provisoriamente a desarrollar el comercio de LUNES A SABADOS de 8 a 17hs y DOMINGOS y FERIADOS de 8 a 14hs.
c) PELUQUERIAS Y PEDICURIAS, autorizados provisoriamente a desarrollar la actividad de MARTES A SABADOS de 8 a 17hs

-COMERCIOS DE CERCANIA: aquellos que no se encuentran comprendidos en los artículos anteriores (MERCERIAS, TIENDAS DE ROPA, ZAPATERIAS, CONCESIONARIAS, VENTA DE ARTICULOS ELECTRONICOS, SANTERIAS, LIBRERIAS, CASAS DE FOTOGRAFIA, y otros, autorizados provisoriamente a desarrollar la actividad de LUNES A VIERNES de 15 a 19hs y SABADOS DE 9 a 13hs.

La MUDANZAS, en tanto, deben ser autorizadas previamente por el área de Control y Ordenamiento Urbano, y podrán realizarse los días VIERNES, SABADOS Y DOMINGO, de 8 a 17hs.

Los titulares de los Comercios, deberán anteponer la salud, sobre todo otro interés y se comprometen a respetar y hacer respetar todos los reglamentos y protocolos existentes contra la propagación y contagio del COVID19.

En caso de constatarse la existencia de infracciones e incumplimiento,se aplicarán multas de entre 50 y hasta 1.000 módulos municipales.


Gacetilla Nº 5912 - 5 de Junio de 2020 - Subsecretaría de Comunicación Ciudadana

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